El 23 de diciembre, un tribunal de arbitraje del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) del Banco Mundial falló en contra de la minera Kappes, Cassiday & Associates (KCA), con sede en Nevada, en su demanda de casi 500 millones de dólares contra Guatemala en el caso de la mina El Tambor (conocida también como Progreso VII Derivada) según la Procuradoría General de Guatemala y fuentes próximas a las comunidades originarias de San José del Golfo y San Pedro Ayampuc.
Tras la decisión del tribunal, portavoces de esas comunidades señalaron que: “KCA perdió su apuesta por hacer millones de dólares a través de este proceso de arbitraje internacional, que inició sabiendo que nunca obtendría el consentimiento de las comunidades que siempre han dicho no a su proyecto inviable.” El conflicto se desató tras iniciarse la explotación de la mina por la empresa minera Radius Gold, con sede en Vancouver, Canadá. La minera obtuvo una licencia de explotación del Ministerio de Energía y Minas de Guatemala en 2011. El 2 de marzo de 2012, los residentes de la zona, que no habían sido consultados sobre esta mina, establecieron un bloqueo las 24 horas del día en la entrada del dominio minero. Unos meses después, en agosto de 2012, Radius Gold vendió la mina a KCA.
El 23 de mayo de 2014 más de 300 policías antidisturbios evacuaron a los pobladores que mantenían un bloqueo de la mina El Tambor. En febrero de 2016, la población originaria de la región ganó un fallo del Tribunal Supremo de Guatemala para suspender provisionalmente la mina. En esas fechas la mina ya había estado operando durante casi dos años. En diciembre de 2018, Kappes, Cassiday & Associates presentó una demanda de 300 millones de dólares ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (ICSID), mecanismo de arbitraje del Banco Mundial, alegando que se habían violado sus derechos como inversor bajo el Tratado de Libre Comercio entre la República Dominicana y Centroamérica (CAFTA-DR).
El 21 de mayo de 2021, el tribunal levantó esa suspensión, pero no se otorgó la autorización para que la mina comenzara a operar. De acuerdo con el ordenamiento jurídico de Guatemala la autorización de la actividad de minería en ciertas regiones debe ser previamente aprobada por las comunidades locales. La movilización de las comunidades se hizo en defensa del agua que la explotación de la mina de oro podía contaminar.



