La política exterior del gobierno de los Estados Unidos desde la asunción del presidente Donald Trump en su segundo mandato expresa un creciente conflicto con el orden jurídico internacional que emergió en la segunda posguerra a partir de 1945.
Todo el régimen de salvaguardas establecido en torno a la Organización de Naciones Unidas, ha perdido vigencia por la irrupción de decisiones unilaterales en la escena internacional. Las alianzas establecidas, por ejemplo, en torno a la guerra de Ucrania enfrentan una espectacular incertidumbre. Esto ha dejado a una parte de los aliados europeos de la OTAN en situación crítica. El desconcierto reina en las principales capitales europeas. Al mismo tiempo el incremento de los conflictos entre naciones ha llegado incluso a regiones en las que no era previsible que se desataran crisis severas. Un ejemplo de ello es el enfrentamiento entre los Emiratos Arabes Unidos (EAU) y Arabia Saudita en torno a Yemen del sur que se ha agravado en semanas recientes.
Las líneas de ruptura se han acrecentado recientemente con la denominada “extracción” del hasta el 3 de diciembre presidente de Venezuela, Nicolás Maduro. Una parte considerable de la comunidad internacional, dentro de ella la Unión Europea (UE) no reconocía a Maduro como un presidente legítimo tras las ultimas elecciones presidenciales del país en las que la oposición produjo evidencia de que había ganado con al menos el 60% de los votos emitidos. A ello se sumó que el Gobierno negó el acceso a las actas electorales que podían clarificar esta situación.
Sin embargo el bloqueo militar de Venezuela y la operación que extrajo a Maduro de su residencia en Caracas para ser juzgado en Nueva York por su presunta pertenencia a carteles de la droga han sido rechazados por un número considerable de gobiernos, mientras otros no han fijado posición a la espera de acontecimientos. El pacto de la dirección política del Chavismo, la vicepresidenta Delcy Rodríguez y su hermano el presidente del senado Jorge Rodríguez, con el Gobierno de Estados Unidos ha otorgado a Caracas un estatuto, de manera provisional pero efectiva, de protectorado estadounidense. Este desenlace forma parte de la alteración de los principios jurídicos que se consideraban vigentes: fronteras nacionales seguras, autonomía de los estados independientes, y preservación de su soberanía.
La severa alteración de los principios jurídicos encarnados en cierta forma en las Naciones Unidas tiende a neutralizar su capacidad de acción y amenaza con convertirla en una reliquia del siglo veinte. La división creciente entre los intereses de las naciones ha dado paso al resurgimiento de bloques que se asemejan -aunque sino en el fondo sial menos si en la forma- a los que primaron durante el periodo de entreguerras del siglo veinte, más precisamente entre los años de 1920 y 1930.
Es esta lucha de intereses comerciales contrapuestos y el régimen de sanciones derivado de los enfrentamientos militares y políticos internacionales, así como la reaparición de aranceles que obstruyen el flujo regular de bienes y servicios en el escenario actual, lo que crea una barrera creciente al desarrollo de una actividad jurídica internacional normal.
El reto a la soberanía de Groenlandia por parte del gobierno de los Estados Unidos ha ensanchado la brecha entre la UE y EEUU y ha creado una crisis en el seno de la OTAN cuya resolución dista mucho de ser clarificada en el muy corto plazo. Por su parte el presidente Donald Trump ha señalado que aspira a un incremento del presupuesto militar de su país del 50% para 2026 acercándolo a la extraordinaria cifra de 1,5 billones de dólares en gasto (Financial Times: https://www.ft.com/content/d1ed595d-b7c6-40d2-b99d-d1dbe17b213e) . Esta propuesta habla a las claras de la existencia de una escalada bélica internacional en la cual los realineamientos políticos aun son poco claros
Al mismo tiempo Trump ha advertido a las industrias de defensa que deben incrementar su inversión en el desarrollo de plantas de producción, abstenerse de gastos superfluos como la recompra de acciones amenazando con limitar el salario de sus ejecutivos a un máximo de 5 millones de dólares anuales. (https://www.wsj.com/business/trump-defense-industry-executive-order-9cc2c42e?mod=Searchresults&pos=1&page=1)
Esta incursión en lo que parece un intento de regimentación de la industria de defensa, incluyendo una amenaza directa a uno de los proveedores clave del Pentágono como Raytheon, a cargo del sistema antimisiles Patriot, por retrasos en la producción, pone de relieve que la carrera armamentista de EEUU no cejará en el futuro. Pero al mismo tiempo trae el recuerdo de la regimentación por los estados beligerantes de sus industrias estratégicas. En particular de defensa recordando las experiencias de capitalismo de estado de la segunda guerra mundial.
La decisión de la Casa Blanca de considerar al petróleo venezolano como un activo del Tesoro estadounidense ha supuesto el blindaje de este recurso ante las pretensiones de cobro de acreedores de Venezuela como es el vaso de China, su principal acreedor internacional. Las ventas de crudo venezolano a Pekín eran una operación combinada de PDVSA y Chevron.
Al mismo tiempo la decisión de Washington supone un obstáculo en las pretensiones de petroleras como Exxon que buscaban una reparación económica a su expropiación en Venezuela. Esto ha dado pie a un conflicto entre la petrolera y el Gobierno estadounidense. Otras petroleras que aspiran a reparaciones por parte de Caracas por procesos de nacionalización aparecen como potenciales damnificadas de la intervención. Este cuadro insinúa una complejidad creciente a las reclamaciones y al entramado jurídico que pondrá en marcha.
Una de las consecuencias imprevistas es el futuro de la mercantil estadounidense CITGO, con tres importantes refinerías en Estados Unidos y su cadena de gasolineras, propiedad de PDVSA que fue puesta a venta por vía judicial para el pago de acreedores de Venezuela. Fue adquirida en 8.000 millones de US$ por el donante de Trump y Marco Rubio, Paul Singer, a través de su fondo de inversión Elliot Management que controla Amber Oil. Pero esta operación está pendiente de una resolución de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) y hace frente a apelaciones de Caracas y otro ofertante.
Un ejemplo más de las complicacioners jurídicas derivadas de la acción política son las detenciones de tanqueros con bandera rusa que incide directamente en las operaciones mercantiles de crudo subyacentes. La intervención estadounidense por alegadas sanciones al gobierno de Maduro en buena lógica dará causa a arbitrajes en el seno de los contratos de compraventa de crudo.
Los acontecimientos de Irán, y la creciente inestabilidad en el Oriente Próximo se suman a este cuadro. Una inevitable consecuencia de esta alteración del cuadro geopolítico descenderá de forma inevitable sobre el escenario jurídico internacional. El arbitraje, la elección de sedes, la ejecución de laudos, la posibilidad de cobro de los laudos ejecutados en este entorno, se hace una labor cada vez más compleja. Requiere en muchos casos intervenciones ante los organismos reguladores de las sanciones para obtener los permisos necesarios, por ejemplo.
Recientemente Daily Jus publicó un balance de uno de los debates durante la Semana del Arbitraje de Nueva York. Se trata del panel patrocinado por WilmerHale (https://www.wilmerhale.com/) en el que se debatió a Nueva York como sede de arbitraje. En ese balance se afirma por ejemplo que: “Los panelistas también hicieron hincapié en que Nueva York conserva una ventaja significativa en términos de legislación aplicable, especialmente para los acuerdos comerciales transfronterizos relacionados con fusiones y adquisiciones y transacciones financieras. La legislación de Nueva York es ampliamente reconocida por ser liberal, favorable a los negocios y fiable para los mercados de capitales y las transacciones comerciales complejas…Esta reputación consolidada hace que Nueva York sea difícil de superar como sede o legislación aplicable.”
La realidad geopolítica en los hechos cuestiona en la actualidad una afirmación como la arriba señalada en la medida que en ciertos procedimientos arbitrales los laudos pueden chocar con la Office of Foreign Assets Control (OFAC) cuya autorización puede llegar a ser imprescindible para el cobro de un laudo. El editorial del International Arbitration Outlook n.º 15 de la firma de abogados Uría & Menéndez llama la atención sobre estos hechos. https://www.uria.com/en/areas-sectores/arbitraje-internacional/iao/International-Arbitration-Outlook-Issue-15/ El conjunto de los artículos del último Outlook hacen referencia a la complejidad de operar en materia de arbitraje internacional en este escenario de sanciones y conflictos internacionales.
La situación es lo suficientemente fluida como para que el sector del arbitraje mantenga una atención permanente sobre la evolución del cuadro geopolítico y madure de forma paulatina su estrategia frente a la elección de la sede, entre otros elementos de primer orden.



