El Estado de Costa Rica obtuvo un nuevo triunfo en el terreno del arbitraje internacional al lograr la terminación de un procedimiento de 25 millones de dólares presentado por el empresario José Alejandro Hernández Contreras, vinculado a la no renovación de un contrato de telecomunicaciones. La decisión, emitida en marzo de 2025 bajo el Reglamento del Mecanismo Complementario del CIADI, marca un precedente: es la primera vez que se aplica la Regla 63(6) para cerrar un caso por deficiencias en la garantía de costas.
El reclamante alegaba que la decisión del regulador eléctrico costarricense de no renovar el contrato de su compañía constituía una violación de compromisos internacionales y reclamaba una indemnización de 25 millones de dólares. Sin embargo, Costa Rica impugnó la suficiencia de la garantía financiera presentada por el demandante para cubrir los costos del arbitraje, y el tribunal —por mayoría— aceptó la objeción, decretando la terminación del procedimiento pese a la oposición del reclamante.
El caso refuerza el historial positivo de Costa Rica en disputas internacionales: el país suma ya seis victorias consecutivas y el bufete Arnold & Porter, que lideró la defensa, exhibe un 98,2 % de éxito en arbitrajes de inversión en favor de Estados soberanos (56 resultados favorables de 57 decisiones finales).
Un precedente relevante
La aplicación de la Regla 63(6) del Reglamento CIADI Adicional envía una señal importante a los inversores: los tribunales no tolerarán garantías de costas insuficientes. Para los Estados, representa una herramienta eficaz para protegerse frente a reclamaciones con escaso respaldo financiero.



